La “Ley Silla” y sus lineamientos: lo que toda empresa debe saber antes de las inspecciones 2025-2026
Introducción
La reforma conocida como “Ley Silla” se perfila como uno de los temas de mayor impacto en materia de derecho laboral y cumplimiento normativo en México. Más allá de una simple obligación administrativa, esta regulación implica un cambio cultural en torno a la ergonomía, la salud ocupacional y la dignidad del trabajador.
El 19 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la adición a la Ley Federal del Trabajo (LFT), y el 17 de julio de 2025 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió los lineamientos generales para su implementación. A partir de diciembre de 2025 las inspecciones serán una realidad, por lo que los empleadores deben anticiparse.
Fundamento legal
La “Ley Silla” encuentra su base en la LFT, artículos 132 y 133, que establecen las obligaciones y prohibiciones de los patrones respecto a las condiciones de trabajo. Asimismo, se articula con la NOM-030-STPS-2009, relativa a la seguridad y salud en los centros laborales, y con las disposiciones de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, obligatoria en empresas con más de 50 trabajadores (artículos 509 a 512 de la LFT).
Obligaciones principales del empleador
Los lineamientos emitidos por la STPS obligan a las empresas a:
Proveer sillas o asientos con respaldo suficientes para la ejecución de funciones o descanso periódico.
Establecer áreas de descanso señalizadas cuando no sea posible colocar las sillas en el propio puesto de trabajo.
Modificar el Reglamento Interior de Trabajo, incluyendo:
Períodos obligatorios de reposo.
Normas sobre uso de sillas.
Exámenes médicos relacionados con posturas prolongadas.
Disposiciones disciplinarias vinculadas.
Prohibir que el trabajador permanezca de pie toda la jornada sin posibilidad de descanso.
El incumplimiento puede derivar en sanciones económicas, conflictos laborales e incluso responsabilidad solidaria en casos de subcontratación.
Ergonomía: ¿qué tipo de sillas son obligatorias?
La reforma distingue dos supuestos:
Trabajo sentado: sillas ergonómicas con respaldo, soporte lumbar, altura ajustable y estabilidad.
Descanso periódico: asientos con respaldo, sin necesidad de cumplir todos los criterios ergonómicos.
Este detalle es clave para que las empresas no incurran en gastos innecesarios y adapten sus compras a la realidad de cada puesto.
Evaluación de riesgos por bipedestación
La innovación más relevante es la evaluación del riesgo por estar de pie (bipedestación).
Cada centro de trabajo debe aplicar un cuestionario de 7 reactivos que mide:
Tiempo continuo de pie.
Posibilidad de cambiar de postura.
Tipo de superficie y calzado.
Espacio disponible.
Malestares reportados.
Pausas realizadas.
El resultado clasifica el riesgo en bajo, medio o alto, y en función de ello se determina si corresponde un banco alto, una silla con respaldo medio, una ergonómica ajustable o un reposapiés.
Documentación y comisiones mixtas
La clave de la Ley Silla no solo está en cumplir, sino en documentar:
Registrar acuerdos en las actas de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.
Integrar resultados al Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo (NOM-030-STPS-2009 o la que la sustituya).
Incorporar las acciones al programa de seguridad y salud o a la relación de acciones preventivas y correctivas.
En las inspecciones, la autoridad pedirá evidencia documental más que declaraciones.
Entrada en vigor e inspecciones
Entrada en vigor: 17 de julio de 2025.
Plazo de adecuación: hasta el 15 de diciembre de 2025.
Inspecciones: a partir de diciembre 2025, con mayor probabilidad desde enero de 2026.
Las empresas deben estar listas con sus expedientes antes de fin de año para evitar sanciones.
Outsourcing y responsabilidad solidaria
La obligación también recae en los prestadores de servicios especializados. Si éstos incumplen, la empresa beneficiaria será responsable solidaria frente a la STPS (art. 13 de la LFT). Esto exige reforzar los contratos y supervisar a proveedores externos.
Criterios especiales por sector
La STPS reconoce que no todos los sectores pueden cumplir de forma homogénea. Ejemplos:
Alimentos: asientos metálicos para evitar contaminación.
Seguridad privada: equilibrio entre ergonomía y protocolos del cliente.
Espacios reducidos: documentación que acredite la imposibilidad material de instalar sillas.
El principio clave es la razonabilidad justificada y documentada.
Conclusión y recomendaciones prácticas
La Ley Silla es más que un requisito legal: representa un avance en la protección de la salud laboral y en la cultura de prevención de riesgos. Para las empresas, significa adaptarse sin afectar la productividad.
Las recomendaciones básicas son:
Realizar un diagnóstico de bipedestación en todos los puestos.
Actualizar el Reglamento Interior de Trabajo.
Capacitar a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.
Documentar exhaustivamente las medidas adoptadas.
Cumplir a tiempo no solo evitará multas, sino que también fortalecerá la reputación empresarial y reducirá riesgos de litigios laborales.
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